ayudas hazzinnova

Programa de ayudas Hazinnova 2022

Beneficiarios
Pymes, Grandes Empresas
Ámbito Geográfico
País Vasco
Categoría
Industria
Estado
Abierto
Inicio solicitudes
02 marzo 2022
Cierre solicitudes
01 diciembre 2022

Resolución de 2 de marzo de 2022 del director general de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, dependiente del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco.

El programa Hazinnova tiene como objetivo impulsar la innovación no tecnológica en empresas vascas. Se pretende así identificar soluciones e implantarlas a través de un servicio de asesoramiento especializado. El programa se encuentra recogido en el Plan Estratégico de Subvenciones de la entidad aprobado para el ejercicio 2022.

Bases reguladoras

El objetivo es regular la concesión de ayudas en especie dirigidas a impulsar la innovación no tecnológica de la empresa vasca a través de la realización de microproyectos que generen pequeñas innovaciones en producto y en los procesos de negocio, de alto impacto, y que se materialicen en resultados a corto plazo.

Las ayudas, que tendrán la consideración de subvenciones en especie a fondo perdido, y ayudas de menor importancia o de minimis, se concederán conforme al procedimiento de reconocimiento sucesivo de las solicitudes correctamente recibidas. Se resolverán de forma individual y ordenada tras haber sido completada la documentación exigida en la convocatoria.

Recursos económicos

Los recursos destinados para la concesión de ayudas en especie en 2022 representan un valor estimado de contratación de hasta 2.760.000, y provendrán de las correspondientes dotaciones presupuestarias establecidas al efecto en los presupuestos de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, incluidos en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

La adjudicación de las ayudas se efectuará ordenadamente en función del momento en que el expediente esté completo y una vez agotado el valor estimado de la contratación de las ayudas en especie no se podrán conceder nuevas ayudas.

Entidades beneficiarias y requisitos

Los requisitos que deberán reunir las entidades solicitantes para resultar beneficiarias son los siguientes:

  • Realizar actividades industriales o de servicios conexos a la industria, de la sociedad de la información y las comunicaciones, de logística y de comercio mayorista.
  • Disponer de un centro de actividad en la Comunidad Autónoma del País Vasco, centro en el que el proyecto presentado deberá tener impacto y en el que se realizará el microproyecto.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y para con la Tesorería General de la Seguridad Social y/o sus entidades colaboradoras.
  • Deberán estar dadas de alta en el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas del País Vasco.
  • Disponer, al menos, de una plantilla de 5 empleados en el momento de la solicitud.
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Actuaciones subvencionables

La ayuda en especie será la recepción de un asesoramiento especializado e individualizado, que se realizará individualmente y en el domicilio de la empresa beneficiaria o telemáticamente, para la realización de microproyectos que cumplan las siguientes características:

1.– Que generen pequeñas innovaciones en producto y/o en los procesos del negocio, de alto impacto y que se materialicen en resultados a corto plazo en la compañía.

2.– La duración y dedicación máxima para su realización serán de 90 días naturales y de 50 horas de trabajo in situ por parte de la consultoría externa especializada desde el momento de la resolución y sin superar en ningún caso la fecha de ejecución del 30 de marzo de 2023.

3.– Estar reflejadas dentro de la tipología de proyectos subvencionables, agrupada por materias, en función de los lotes que constituyen el objeto de la licitación convocada por SPRI, esto es servicios de asesoramiento para la identificación e implantación de soluciones de innovación no tecnológica en las siguientes materias:

  • Servicios de asesoramiento para la identificación e implantación de soluciones de innovación no tecnológica en materia economico-financiera, que posibiliten la mejora de la gestión económico-financiera y estratégica de la empresa para controlar su rentabilidad.
  • Servicios de asesoramiento para la identificación e implantación de soluciones de innovación no tecnológica en materia de Procesos Administrativos Internos, que posibiliten el rediseño de los procesos administrativos (gestión de pedidos, cobros y pagos, gestión documental, gestión de clientes, gestión de reclamaciones, morosidad, etc.) para mejorar la eficiencia de la empresa.
  • Servicios de asesoramiento para la identificación e implantación de soluciones de innovación no tecnológica en materia de Produccion, que posibiliten la mejora de los procesos de producción que aumente la productividad, calidad, sostenibilidad o seguridad de la empresa.
  • Servicios de asesoramiento para la identificación e implantación de soluciones de innovación no tecnológica en materia de Logística, que posibiliten la mejora de la cadena de suministro o de distribución para la reducción de gastos, del impacto medioambiental y de plazos de entrega, así como la mejora del servicio a clientes.
  • Servicios de asesoramiento para la identificación e implantación de soluciones de innovación no tecnológica en materia de Personas, que posibiliten la mejora de la gestión de las personas para aumentar su compromiso y motivación en la empresa.
  • Servicios de asesoramiento para la identificación e implantación de soluciones de innovación no tecnológica en materia de Clientela, que posibiliten la mejora del conocimiento, captación, atención o fidelización de clientes para aumentar la cuota de mercado.
  • Servicios de asesoramiento para la identificación e implantación de soluciones de innovación no tecnológica en materia de Nuevos Mercados, que posibiliten adaptar el marketing de la empresa para acceder a nuevos mercados geográficos o de segmentos de cliente.
  • Servicios de asesoramiento para la identificación e implantación de soluciones de innovación no tecnológica en materia de Producto, que posibiliten:
  • Alcanzar nuevos productos o de servicios conexos que aumenten el volumen de negocio.
    • Mejora sustancial de productos o servicios conexos previamente existentes para aumentar el volumen de negocio o los márgenes de venta mediante el cambio de sus características, su utilidad, la experiencia para el cliente, la sustitución de materiales, la modificación del diseño, el ecodiseño y/o la mejora del envasado (3) la identificación de soluciones que permitan la Protección Industrial.

4.– Que para su implantación se desarrolle en colaboración con la firma consultora adjudicataria, tras el correspondiente proceso de licitación, para el tipo de servicio para el que se solicita ayuda.

5.– Ajustarse, para su ejecución, a las siguientes condiciones de ejecución de proyecto:

  • En el plazo máximo de siete días naturales desde la notificación de asignación de firma consultora especializada a la empresa solicitante, y tras la toma de contacto entre ambos para identificar la necesidad del proyecto, la empresa solicitante deberá presentar a SPRI el Acuerdo de colaboración y Memoria de proyecto del trabajo a realizar.
  • La empresa solicitante, con el apoyo de la Firma Consultora Especializada asignada, implanta el proyecto aprobado, en un plazo máximo de 90 días naturales desde la notificación de la resolución favorable de concesión de ayuda.

Modalidad y cuantía de las ayudas

El importe de la ayuda se corresponde, en base a la licitación realizada por SPRI, con los siguientes precios de adjudicación de cada tipología de proyecto subvencionable:

  • Servicios de asesoramiento para la identificación e implantación de soluciones de innovación no tecnológica en materia económico-financiera: 4.100 euros.
  • Servicios de asesoramiento para la identificación e implantación de soluciones de innovación tecnológica en materia de Procesos Administrativos Internos: 4.800 euros.
  • Servicios de asesoramiento para la identificación e implantación de soluciones de innovación tecnológica en materia de Producción: 4.580 euros.
  • Servicios de asesoramiento para la identificación e implantación de soluciones de innovación en materia de Logística: 4.500 euros.
  • Servicios de asesoramiento para la identificación e implantación de soluciones de innovación tecnológica en materia de Personas: 3.995 euros.
  • Servicios de asesoramiento para la identificación e implantación de soluciones de innovación tecnológica en materia de Clientela: 4.560 euros.
  • Servicios de asesoramiento para la identificación e implantación de soluciones de innovación tecnológica en materia de Nuevos Mercados: 4.468
  • Servicios de asesoramiento para la identificación e implantación de soluciones de innovación no tecnológica en materia de Producto: 4.800 euros.

Cada empresa podrá realizar un máximo de dos proyectos Hazinnova en la presente convocatoria, no pudiendo responder a la misma tipología de actuación subvencionable. Las ayudas no podrán acumularse con otras ayudas o con otras formas de financiación comunitaria otorgadas para la misma finalidad.

Plazo de presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda se iniciará el día siguiente a la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará el 1 de diciembre de 2022. No obstante, la atención técnica a los solicitantes finalizará a las 15:00 horas (hora peninsular española) del día 1 de diciembre de 2022.

La presentación de la solicitud de ayuda junto con la documentación requerida en el artículo anterior deberá efectuarse antes de haberse iniciado la actuación subvencionable.

Se establece un plazo máximo de resolución de 30 días desde la fecha de presentación de la documentación completa. La falta de resolución en plazo se entenderá como resolución desestimatoria.

Obligaciones de las entidades beneficiarias

Son obligaciones de los beneficiarios, las previstas en los artículos 14 y 46 de la Ley General de Subvenciones y 50.2 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, y en particular:

  • Aceptar la ayuda concedida. En este sentido, si en el plazo de tres días hábiles tras la fecha de recepción de la notificación de concesión de la subvención, la entidad beneficiaria no renuncia expresamente a la misma ante SPRI, se entenderá que esta queda aceptada.
  • Destinar la ayuda otorgada al desarrollo del plan de actuación para el que ha sido concedida.
  • Aceptar que SPRI pueda requerir toda aquella documentación adicional que estime precisa, así como que personal designado por SPRI pueda realizar en cualquiera de sus instalaciones, cuantas comprobaciones y verificaciones considere necesarias y convenientes, con el fin de constatar la realización del proyecto objeto de la ayuda concedida y el cumplimiento de los requisitos exigidos.
  • Facilitar a la Oficina de Control Económico del Gobierno Vasco y al Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, u otros órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, la información que le sea requerida en el ejercicio de sus funciones de fiscalización del destino de las ayudas.
  • Notificar a SPRI la modificación de cualquier circunstancia que haya sido tenida en cuenta para el otorgamiento de la ayuda.
  • Dar la adecuada publicidad del origen de la subvención otorgada mediante el presente
  • Garantizar un uso no sexista del lenguaje e imágenes en los documentos y soportes que se produzcan durante la realización del proyecto subvencionado.

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